María Bernardita Iturraspe es la Jueza Comunitaria de Fighiera

María Bernardita Iturraspe es la Jueza Comunitaria de Fighiera

La Comuna de Fighiera le dio la bienvenida a la letrada, quien a través de un concurso público asumió el cargo de Jueza Comunitaria de las Pequeñas Causas de la  localidad.

En los últimos días del 2022, las autoridades fighierenses dieron a conocer que la Dra. María Bernardita Iturraspe asumió el cargo de Jueza Comunitaria de las Pequeñas Causas de la localidad, a través de un concurso público.

En este marco, desde la Comuna le dieron una amena bienvenida a la profesional y manifestaron que le “deseamos el mayor de los éxitos a María Iturraspe quien ya asumió su cargo, en tanto su servicio estará a disposición de toda la comunidad”.

En tanto, aprovecharon la ocasión para informar a los vecinos sobre cuáles son funciones, entre ellas “conocer y decidir acerca de contravenciones municipales o comunales cuando no existan jueces municipales o comunales de faltas”.

Además, debe “comunicar a la autoridad competente que corresponda, el fallecimiento de las personas que ocurra en el ámbito de su competencia territorial y que no tengan parientes conocidos; igualmente, los casos de orfandad, abandono material y peligro moral de los menores de edad”, y agregaron que debe “realizar con prontitud y eficiencia todas las diligencias que les ordenan los magistrados”.

También es la encargada de “autorizar poderes para pleitos y autenticar firmas; conocer en causas que versen sobre conflictos de convivencia o en la vecindad urbana o rural; conocer en las causas originadas en virtud de los artículos 6 y 15 de la Ley Nº 13.512 de Propiedad Horizontal; tal como entender en las causas civiles y comerciales, de conocimiento o ejecución, incluidas las de responsabilidad extracontractual”.

Otras funciones

Mientras que, le corresponde “atender en las acciones judiciales en los términos del artículo 52 de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, cuando éstas sean ejercidas por el consumidor o usuario en forma individual. Quedan excluidas las acciones colectivas o iniciadas por asociaciones de consumidores; y conocer en asuntos laborales siendo facultad del trabajador optar por esta competencia”.

Paralelamente debe “atender las controversias derivadas de la explotación tambera, los contratos agrarios y pecuarios y sus homologaciones, como así también toda cuestión derivada de la aplicación del Código Rural; conocer y decidir acerca de las ejecuciones por deudas municipales o comunales; cumplir las funciones de control de las personas sometidas por su situación procesal o punitiva a la Dirección Provincial de Control y Asistencia Pos Penitenciaria u organismo que en el futuro lo reemplace, cuando los tutelados fijen su residencia en localidades donde no haya delegación de dicha repartición”.

Aunque cabe aclarar que “carece de competencia para conocer en juicios universales; desalojos; litigios que versen sobre relaciones de familia, actos de jurisdicción voluntaria; cuando sea parte una persona jurídica de carácter público o empresas públicas del Estado; cuando intervengan incapaces o inhabilitados y, en general, todo asunto que no sea apreciable en dinero”

Competencia cuantitativa

En otras palabras, la justicia de pequeñas causas permite asegurar el derecho fundamental de efectivo acceso a la justicia, lo que implica garantizar un acceso igualitario, ágil y eficiente. Uno de los objetivos es que el ciudadano no tenga que trasladarse a las ciudades, como a Arroyo Seco o Rosario para resolver su problema, sino que pueda lograrlo en su propio pueblo, contando con el Juzgado a pocas cuadras de su domicilio para encontrar su puerta abierta y así garantizar una justicia de cercanía, gratuita, informal, inmediata, respetuosa del debido proceso y del derecho de defensa de las partes. 

Los Jueces Comunitarios de las Pequeñas Causas ejercen además las competencias propias del Registro Civil: nacimiento, matrimonio, defunción. Se puede pedir turno para celebrar matrimonio, inscribir nacimientos, defunciones, efectuar el reconocimiento de hijas e hijos, solicitar la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre e imagen cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida.

Redacción Diario EL SUR

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