Explicaron cómo deben volver al trabajo quienes padecieron Covid

Explicaron cómo deben volver al trabajo quienes padecieron Covid
LA RESOLUCIÓN PUBLICADA EL MIÉRCOLES LLEVA LA FIRMA DEL MINISTRO DE TRABAJO DE LA NACIÓN, CLAUDIO MORONI.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, en base a las recomendaciones elaboradas por el Ministerio de Salud, dio a conocer las medidas dispuestas para el regreso al trabajo de los trabajadores y trabajadoras que tengan diagnóstico confirmado o contacto estrecho con un caso confirmado de Covid-19. Se trata de la Resolución 27/2022, publicada el miércoles con la firma del titular de la cartera laboral, Claudio Moroni.

Allí especifica, en su artículo 2º, que los trabajadores y trabajadoras que tengan diagnóstico de Covid-19 que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta en las siguientes circunstancias:

Casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto: A los 10 días de la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.

Casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de 5 meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo): A los 7  días desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos), cumpliendo en los 3 días posteriores de cuidados especiales (no concurrir a eventos masivos, ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada, bien ajustado, tapando nariz, boca y mentón- en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener la distancia, ventilar los ambientes de manera continua y extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo).

Los resultados de laboratorio o de confirmación por criterio clínico-epidemiológico son visibles en la APP Mi Argentina.

 

Contactos estrechos

En tanto en el Art. 3º indica que los contactos estrechos asintomáticos, podrán regresar a sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilación, distancia) y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta, de acuerdo al siguiente detalle:

Contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto (sin vacunar o con más de 5meses de la aplicación de la última dosis): A los 10 días desde el último contacto con el caso confirmado

Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo (esquema de dosis única, de 2 dosis o esquema inicial con dosis adicional, según corresponda y menos de 5 meses de completado el esquema) o que hayan tenido Covid-19 en los últimos 90 días:

Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales,

Deben, maximizar medidas preventivas (uso obligatorio de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente),

Se sugiere realización de test diagnóstico entre el tercer y quinto día.

Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.

 

Otros casos

Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo + refuerzo con más de 14 días de la última aplicación:

Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales.

Deben, maximizar medidas preventivas (uso OBLIGATORIO de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente).

Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.

Redacción Diario EL SUR

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