Explicaron cómo deben volver al trabajo quienes padecieron Covid


El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, en base a las recomendaciones elaboradas por el Ministerio de Salud, dio a conocer las medidas dispuestas para el regreso al trabajo de los trabajadores y trabajadoras que tengan diagnóstico confirmado o contacto estrecho con un caso confirmado de Covid-19. Se trata de la Resolución 27/2022, publicada el miércoles con la firma del titular de la cartera laboral, Claudio Moroni.
Allí especifica, en su artículo 2º, que los trabajadores y trabajadoras que tengan diagnóstico de Covid-19 que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta en las siguientes circunstancias:
Casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto: A los 10 días de la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.
Casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de 5 meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo): A los 7 días desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos), cumpliendo en los 3 días posteriores de cuidados especiales (no concurrir a eventos masivos, ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada, bien ajustado, tapando nariz, boca y mentón- en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener la distancia, ventilar los ambientes de manera continua y extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo).
Los resultados de laboratorio o de confirmación por criterio clínico-epidemiológico son visibles en la APP Mi Argentina.
Contactos estrechos
En tanto en el Art. 3º indica que los contactos estrechos asintomáticos, podrán regresar a sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilación, distancia) y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta, de acuerdo al siguiente detalle:
Contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto (sin vacunar o con más de 5meses de la aplicación de la última dosis): A los 10 días desde el último contacto con el caso confirmado
Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo (esquema de dosis única, de 2 dosis o esquema inicial con dosis adicional, según corresponda y menos de 5 meses de completado el esquema) o que hayan tenido Covid-19 en los últimos 90 días:
Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales,
Deben, maximizar medidas preventivas (uso obligatorio de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente),
Se sugiere realización de test diagnóstico entre el tercer y quinto día.
Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.
Otros casos
Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo + refuerzo con más de 14 días de la última aplicación:
Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales.
Deben, maximizar medidas preventivas (uso OBLIGATORIO de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente).
Deben realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.