El Concejo aprobó la Ordenanza de Paridad de Género

El Concejo aprobó la Ordenanza de Paridad de Género
El Concejo a pleno junto a Natalia Pascua quien expuso en tema en la Banca Ciudadana, rescatan en una foto el momento histórico de la legislatura local.

El Concejo aprobó esta semana la Ordenanza que establece la paridad de género en cargos electivos en el ámbito de la ciudad de Villa Constitución. Con este avance en materia de derechos e igualdad de oportunidades, la ciudad se pliega a una constante que en el corto tiempo se replica en todo el país.

Con esta norma vigente, ya para las listas de las elecciones del año próximo van a pasar de tener un tercio de mujeres a tener, obligatoriamente, una por cada género y de manera alternada.

 

Un avance en materia de derechos

El proyecto había ingresado la semana anterior presentada por el bloque Frente Justicialista Unidad Ciudadana, junto con el pedido de Natalia Pascua de la Banca Ciudadana para impulsar la misma iniciativa. La banca fue concedida para la sesión de anteayer, donde también votaron el despacho firmado por todos los ediles que convirtió en Ordenanza la propuesta presentada.

La sesión del miércoles comenzó con la exposición de Pascua y una vez finalizada la presentación de la Banca Ciudadana anticipándose a la votación que convertiría en Ordenanza  la Paridad de Género, decidieron tomar una foto en medio de la sesión, perpetuando el momento de la conquista alcanzada.

Como se trata de una norma municipal, el alcance de esta Ordenanza es para aplicar a las listas de precandidatos y precandidatas, candidatos y candidatas, a la constitución del Concejo Municipal, y Convenciones Constituyentes.

Además el articulado contempla la alternancia; es decir que el porcentaje establecido de un 50%  de varones y un 50% de mujeres es aplicable a la totalidad de la lista, que además debe cumplir con el mecanismo de alternancia y secuencialidad entre géneros por binomios (femenino-masculino, o masculino-femenino).

En la provincia de Santa Fe la ley de Paridad de Género cuanta con media sanción de Diputados y numerosas organizaciones, concejos municipales e instituciones están reclamando al Senado provincial su tratamiento y aprobación, tal como se está dando en numerosas provincias y localidades del país.

 

Impulso local

Los concejales de nuestra ciudad ya habían aprobado la adhesión al proyecto de ley de Paridad de Género en Santa Fe que fue presentada por la concejal justicialista Florencia Ferreyra.

En ese mismo sentido, la semana pasada la concejal de Unidad Ciudadana, Alejandrina Borgatta presentó el proyecto de Ordenanza de Paridad de Género para nuestra ciudad. El mismo proyecto fue presentado a su vez el pasado miércoles mediante el uso de la Banca Ciudadana por Natalia Pascua, propuesta que se está impulsando desde diferentes sectores políticos y que en los últimos días se propagó a medio país.

“La igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral”, expresa el art. 37 de la Constitución Nacional.

 

Algunos antecedentes

En el año 1991 se promulgó la Ley de Cupo Femenino que estableció que las listas que se presentasen debían tener mujeres en un mínimo del 30 % de los candidatos a los cargos a elegir y en proporciones con posibilidad de resultar electas, resultando un avance en materia de derechos políticos de las mujeres y marcando un punto de partida y no de llegada respecto de la participación real de la mujer en la esfera política.

En el año 2009, el Congreso de la Nación Argentina sancionó la Ley 26.485 de “Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales” que presenta entre sus objetivos la eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida.

Veintiséis años después de la sanción de la Ley de Cupo, el Congreso de la Nación sancionó la Ley N° 27.412 -promulgada en diciembre de 2017- que establece la paridad de género en ámbitos de representación política, estableciendo como requisito para la oficialización de listas de candidatos para senadores/as nacionales, diputados/as nacionales y parlamentarios/as del Mercosur que se integre ubicando de manera intercalada a mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/la último/a candidato/a suplente.

Estos datos conforman un amplio texto de consideraciones plasmadas en el proyecto, argumentando la importancia y la necesidad de aprobar la paridad de género.

En ese sentido la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer en su artículo 7 dice que los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizando, en igualdad de condiciones con los hombres.

“Es por ello necesario establecer políticas que eliminen la desigualdad existente, ya que se encuentra en juego el derecho a ser elegido y el derecho a ser representado en el gobierno, siendo inevitable dictar normas que establezcan la paridad entre varones y mujeres para ocupar cargos electivos, pilar fundamental para la vida democrática de la sociedad argentina”, amplía el proyecto.

 

Datos en Santa Fe

En nuestra provincia, entre 1983 y 1995, menos del 5% de los integrantes de la Cámara de Diputados fueron mujeres; y desde 1995 a la fecha, la cantidad de mujeres ascendió pero nunca superó el 35% sobre el total de bancas. En lo que refiere al Senado Provincial, desde 1983 a la fecha, el máximo de escaños ocupados por mujeres fue de 2 sobre un total de 19 asientos que componen el cuerpo.

 

 

 

Redacción El Sur

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