Proyecto para mantener limpios los lotes baldíos

Proyecto para mantener  limpios los lotes baldíos

 

 

Muchos terrenos e inmuebles requieren de limpieza y desmalezamiento. Foto ilustrativa.
Muchos terrenos e inmuebles requieren de limpieza y desmalezamiento. Foto ilustrativa.

La propuesta hace mención a la existencia de gran cantidad de inmuebles y terrenos baldíos que no son debidamente mantenidos, conservados o en condiciones de salubridad, por sus propietarios, ocupantes o responsables.

Esta falta de conservación de limpieza, e inadecuado desmalezamiento, desinfección y desratización, atenta contra la calidad de vida de los habitantes de la ciudad y particularmente de los vecinos de dichos inmuebles.

Ante esta situación y la reiterada inacción de los propietarios en el cumplimiento de sus obligaciones, es el Municipio quien acude a efectuar la limpieza, desmalezamiento, desratizaciones, desinsectación, etc. especialmente en aquellos casos de mayor urgencia e importancia. Por ello Ferreyra propuso normatizar esta situación siendo necesario contar con disposiciones legales que simplifiquen los trámites y a la vez faciliten al Municipio, el cobro a los propietarios de los servicios prestados.

En este marco, la propuesta apunta a que todo titular de dominio o poseedor de inmueble, edificio o baldío estará obligado a mantenerlo en buen estado de higiene, conservación, seguridad, salubridad y presentación entendiéndose que esta obligación abarca desde el cordón de la vereda, hasta su contrafrente.

 

Obligaciones e incumplimiento

Entre las obligaciones especiales están comprendidas: a) La limpieza del frente del edificio o tapial. b) La destrucción de las malezas y el corte de yuyos, tanto en la acera como en el interior del inmueble y/o terrenos baldíos. c) El desagüe de los charcos y aguas estancadas que se forman en el interior de los mismos. d) La desratización y desinsectación de los inmuebles en estado de abandono o aparente abandono y los terrenos baldíos. d) El relleno de los terrenos baldíos con material adecuado, de pozos en desuso, hundimientos, excavaciones o desniveles profundos o peligrosos. Queda prohibido el relleno de los mismos con basura domiciliaria. f) Realizar las tareas de apuntalamiento, reconstrucción, preservación o demolición que hagan falta para la seguridad en las estructuras edilicias, como así también la conservación en correcto estado de sus infraestructuras de servicios (agua, gas, cloacas, energía eléctrica).

El incumplimiento de las obligaciones le darán facultad al Departamento Ejecutivo Municipal, (previa constatación del estado irregular del inmueble y notificación por el término de cinco (5) días hábiles al domicilio fiscal registrado para la Tasa Única de Servicios), a proceder a la ejecución de los trabajos de limpieza y demás servicios previstos en el artículo  debiendo en tal caso los titulares del inmueble en cuestión abonar las contribuciones que fije la Ordenanza Tributaria, por el trabajo realizado.

Redacción El Sur

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