La mediación prejudicial obligatoria se extiende a Villa Constitución

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos anunció que la mediación prejudicial obligatoria, que comenzó a regir el 29 de noviembre de 2011 para casos que se iniciaban en los juzgados de distrito de Rosario y Santa Fe con competencia en lo civil y comercial, se extiende desde mañana a Villa Constitución, en el marco de las políticas implementadas para la transformación de los sistemas judiciales y de la profundización de una forma alternativa de resolver conflictos.
El acto formal de apertura tendrá lugar mañana viernes a las 10 en la municipalidad de nuestra ciudad, ubicada en San Martín 1218. En la oportunidad, se dejarán inauguradas cuatro oficinas de Mediación, que cuentan con cinco mediadores hasta el momento, indicaron desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
El acto será presidido por el titular de la cartera, Juan Lewis, y contará además con la presencia de concejales, autoridades municipales, jueces, representantes del Colegio de Abogados y de Procuradores, de la Caja Forense de la 2ª Circunscripción, mediadores, centros e instituciones formadoras, entre otras autoridades y funcionarios. También participarán la secretaria de Transformación de los Sistemas Judiciales, María Cecilia Vranicich, y la titular de la Dirección de Desjudicialización de la Solución de los Conflictos Interpersonales, Eleonora Avilés.
Está previsto que Lewis entregue los certificados correspondientes a los mediadores y comediadores, y la resolución que dispone la habilitación del sistema de mediación prejudicial obligatoria en Villa Constitución. La nueva localidad que se agrega a la mediación prejudicial corresponde al Nodo Rosario, por lo tanto el sistema dependerá de la Agencia de Gestión de Mediación (Agem) de Rosario.
El sistema ya rige en cinco localidades de la provincia (Rosario, Santa Fe, San Carlos, Santo Tomé y Coronda) y a la brevedad lo hará también en el Nodo Venado Tuerto. En el contexto de la puesta en marcha progresiva, tanto en competencia como en territorio, ahora se suma Villa Constitución, para causas a iniciarse en Circuito y en Distrito.

CARACTERÍSTICAS
Establecida por la Ley N° 13151, la mediación prejudicial obligatoria tiene dos características que la distinguen del resto de las legislaciones (nacional y provinciales): la organización del sistema en la órbita del Poder Ejecutivo, concretamente en la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y la incorporación de nuevas tecnologías de la información y la comunicación a todo el procedimiento, lo que le da mayor agilidad, economía y eficiencia al sistema.

Redacción El Sur

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